Fundación Integral Dominicana
Al Servicio de la Comunidad
FUNIDOSECO
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Estatutos
 
Ponemos a disposición la herramienta básica, en cuya base descansan las actividades de la Fundación Integral Dominicana al Servicio de la Comunidad. Los conceptos están enlazados para su fácil lectura y comprensión. Además, si desea, puede descargar los estatutos a su ordenador en el formato pdf.
 
 


CAPÍTULO I

De su Denominación, Domicilio, Naturaleza, Objetivos y Duración

Art. 1. La  razón social o denominación de la presente institución será la Fundación Integral Dominicana al Servicio de la Comunidad (FUNIDOSECO); institución con personalidad jurídica y patrimonio propio, sin fines de lucro y con todos los derechos, obligaciones y atribuciones que confiere la Ley.
Art. 2. Su domicilio o sede principal podrá ser cambiado cuantas veces sea necesario, pero en la actualidad estamos ubicados en la calle G, No. 6, del Guachupita, Municipio Quisqueya, al norte de San Pedro de Macorís, Provincia Oriental, República Dominicana.
Art. 3. La naturaleza de FUNIDOSECO nace por la inspiración del amor de Dios, para ayudar a Niños, Niñas y Adolescentes, en medio de una gran crisis económica, originada por el desempleo en nuestra comunidad y lugares aledaños; pues, los mismos presentan grandes precariedades para asistir a la escuela, también diversos problemas de salud, a raíz del cierre de los ingenios, ya que muchos de los padres y madres se encuentran desempleados.

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Misión

  1. Redimir la incidencia de los niños, niñas y adolescentes, con un impacto individual, en el ámbito socio-económico de la República Dominicana.
  2. Transformar con la ayuda de Dios a través de una educación integral y el aporte de los diferentes Profesionales de la Salud, la vida de los niños, niñas y adolescentes de nuestra comunidad, lugares aledaños y hasta donde el Todopoderoso nos haga llegar.

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Visión

    1. Llegar a tener un lugar especial donde podamos recibir, alimentar e instruir de manera permanente a muchos niños, niñas y adolescentes de padres sin empleo, huérfanos, limpiabotas, etc.

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De los Objetivos

4.1 Objetivos Generales

  1. Fomentar la educación en todos sus aspectos, con el fin de lograr una mejor formación integral en los niños, niñas, adolescentes, con quienes trabajamos, que ameriten ser reeducados y capacitados, así como también puedan obtener una conciencia crítica y autogestionaria que motive la participación con miras a solucionar los problemas de la niñez y la familia, que aquejan a nuestra comunidad, como la creación de bienes y servicios para poder incrementar la salud, los ingresos y mejorar los niveles de vida de la comunidad y del país.

4.2 Objetivos Específicos

  1. Diseñar programas destinados a solucionar los problemas y situaciones de las familias de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes para quienes trabajamos, basados en la investigación comunitaria realizada por técnicos de acuerdo con las necesidades encontradas.
  2. Buscar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes involucrados, para que puedan dar solución a sus necesidades.
  3. Procurar el mejoramiento de la calidad de vida de los niños, niñas y adolescentes mediante actividades y proyectos que contribuyen al bienestar físico y espiritual.
  4. Colaborar con las instituciones de nuestro país, ya sean estas gubernamentales o no gubernamentales, en la planificación y programación de estrategias de desarrollo de la niñez y la adolescencia del país.
  5. Establecer relaciones nacionales e internacionales, que favorezcan programas destinados al desarrollo de las familias de los niños, niñas y adolescentes con quienes trabajamos.
  6. Programar y llevar a cabo seminarios, charlas, talleres, conferencias, planes de becas y cualquier actividad que conlleve al alcance de los objetivos.
  7. Hacer cumplir las metas y los objetivos que le dieron origen a la FUNIDOSECO
  8. Gestionar y canalizar recursos y auspicios que permitan el financiamiento de los planes y proyectos de la Fundación Integral Dominicana al Servicio de la Comunidad, en colaboración con entidades de cooperaciones nacionales e internacionales.
  9. Llevar a cabo operativos médicos y odontológicos periódicos a beneficios de nuestros niños, niñas y adolescentes y sus familias.
  10. Realizar actividades diversas para lograr y mantener la salud física, mental y espiritual de nuestros niños, niñas y adolescentes.
  11. Llevar a cabo charlas con diferentes profesionales de la salud.

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Art. 5.De su Duración

La FUNIDOSECO nace por tiempo indefinido, con su acción en Niñas, Niños y Adolescentes y su actuación en el Municipio de Quisqueya, al norte de San Pedro de Macorís y al este del país.

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Capítulo II

De las Siglas Denominadoras, Su Emblema o Logo y Lema

Art. 6. Las siglas que denominarán a la Fundación serán FUNIDOSECO, que significan Fundación Integral Dominicana al Servicio de la Comunidad
Art. 7. Su emblema o logo está compuesto por dos palomas, para significar la libertad de los niños, niñas y adolescentes de América, en cuyo interior aparece un niño tomado de la mano con un miembro de la Fundación, símbolo de unidad y estabilidad familiar y juntos ponen en alto los valores cristinos, humanos, sociales culturales y morales.

Art. 8. Lema: “Una Iniciativa Por un Mejor Presente y Futuro Para los niños, niñas y adolescentes”.
Párrafo: 1. Este lema deberá aparecer ligado al nombre de la Fundación, en todos los documentos y deberá especificarse la fecha de su fundación.

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Capítulo III

De su Definición, Clasificación Etapas, Derechos, Deberes y Pérdida de la Condición de Asociado y Asociada de la FUNIDOSECO

Art. 9. Son miembros de FUNIDOSECO aquellas personas que deseen, pero que tengan altruismo y vocación de servicio a los Niños/as y Adolescentes, a la Sociedad y por su integridad moral dentro de la colectividad, luego de cumplir con los requisitos establecidos por la Fundación, son aceptados por la Asamblea General y presentado por la dirección ejecutiva.
Art. 10. Los miembros de FUNIDOSECO se clasifican en:

  1. Miembros Fundadores
  2. Miembros Activos
  3. Miembros Pasivos
  4. Miembros Honoríficos
  • Miembros Fundadores son aquellos que constituyeron o fundaron la presente institución, tienen derecho a voz y voto, elegir y ser elegidos
  • Miembros activos son aquellos que cumplen cabalmente con su deber y hacen uso de sus derechos. Tienen derecho a voz y voto, elegir y ser elegidos
  • Miembros Pasivos son aquellos que han dejado de cumplir con sus deberes y han perdido sus derechos. Tienen  derecho a voz, pero no a voto
  • Miembros Honoríficos son aquellas personas de bien social que han hecho aportes a la Sociedad y a la Institución. Tienen derecho a voz, pero no a voto.

Art. 11. Para ser miembro activo se requiere que la persona interesada haya participado como miembro invitado durante un período no mejor de seis (6) meses en las actividades de la FUNIDOSECO.
Párrafo 1. Para optar por un cargo directivo de la FUNIDOSECO  se deberá tener un período no menor de dos (2) años como miembro admitido, salvo contingencia de fuerza mayor, que quedará a consideración de la Asamblea.
Párrafo 2. Para optar por cualquiera de las categorías de miembro, la persona interesada deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener vocación de servicio, dirigido a ayudar a los Niños/as y Adolescentes. Mantener una íntegra y adecuada conducta dentro de la Sociedad
  2. Estar en condiciones de cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, así como los ideales y leyes que rigen y le dieron origen a la presente Fundación
  3. Ser acepado por el Consejo Directivo y la Asamblea General

Art. 12. Por violación a los Estatutos que dan vigencia a la FUNIDOSECO, a las leyes del país y Acuerdos Internacionales.

  1. Escándalo público, que ponga en riesgo la integridad de la Institución
  2. Por participar en negocios ilícitos
  3. Por llevar una vida nociva, que riña contra la moral y las buenas costumbres

Art. 13. Son Derechos de los Miembros Fundadores:

  1. Elegir y ser elegidos en los cargos directivos de la FUNIDOSECO, al igual que en las comisiones de trabajo y en la comisión electoral
  2. Disfrutar a plenitud de todas las prerrogativas y beneficios sociales que conceda la FUNIDOSECO
  3. Tendrán derecho a estar permanentemente informados de todas las actividades, eventos y planes en que esté envuelta la FUNIDOSECO, ya sea por medio de circulares, correspondencia o cualquier otro medio que considere la misma
  4. Ser reconocidos como Miembros Fundadores de la Organización

Art. 14. Son Derechos de los Miembros Activos:

  1. Elegir y ser elegidos en los cargos directivos de la FUNIDOSECO, al igual que en las comisiones de trabajo y en la comisión electoral
  2. Disfrutar a plenitud de todas las prerrogativas y beneficios sociales que conceda la FUNIDOSECO
  3. Tendrán derecho a estar permanentemente informados de todas las actividades, eventos y planes en que esté envuelta la FUNIDOSECO, ya sea por medio de circulares, correspondencia o cualquier otro medio que considere la misma

Art. 15. Son Derechos de los Miembros Pasivos:

  1. Ser acreedores de la membresía de la FUNIDOSECO, aunque sea en esa calidad
  2. Participar en las reuniones y asambleas, con derecho a voz, pero sin voto
  3. Ni elegir ni ser elegidos en cargos directivos, pero sí en las comisiones de trabajo, las cuales no podrán presidir

Art. 16. Son derechos de los Miembros Honoríficos:

  1. Intervenir en las sesiones de las asambleas, con derecho a voz, pero sin voto
  2. Recibir invitación especial a todos los eventos que organice la FUNIDOSECO, así como recibir cualquier revista o boletín informativo que se dicte.
  3. Recibir informes de las inversiones que se realicen con sus aportes, patrocinios o donaciones
  4. Pueden participar en la FUNIDOSECO en calidad de miembros invitados, con todos los derechos que se han establecido en esta categoría

Art, 17. Los miembros tienen como deberes:

  1. Participar activamente en las actividades de la institución cuando han sido convocados.
  2. Todos los miembros de la FUNIDOSECO están en el deber de defender, enarbolar, cumplir y hacer cumplir los principios que le dieron origen a la FUNIDOSECO, así como cumplir con las responsabilidades que se le asignen  y desarrollar sus tareas con honestidad, responsabilidad y amor.
  3. Todo miembro deberá pagar una cuota mensual establecida por la junta directiva.

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Capítulo IV

De la Estructura Administrativa de la FUNIDOSECO

Art. 18. La FUNIDOSECO estará regida por los organismos siguientes:

  1. Asamblea General
  2. Dirección Ejecutiva

Presidenta, Directora Ejecutiva, Encargada de Finanzas, Secretaria de Organización, Secretaria de Actas, Secretaria de Relaciones Públicas Nacionales e internacionales y una Vocal

  1. Gerencia Administrativa

Presidenta, Directora Ejecutiva y Encargada de Finanzas

  1. Consejo de Asesores
  2.  La Asamblea General, junto a la Directiva conforma el máximo organismo de decisión de la FUNIDOSECO.

Art. 19. El Presidente, o Presidenta, por su formación tanto intelectual como social es la persona adecuada y capacitada:

  1. Para solicitar la incorporación de la institución.
  2. Para llevar a cabo las negociaciones con otras instituciones tanto a nivel nacional como internacional.

Art. 20.  Las Asambleas Generales serán Ordinarias y Extraordinarias:

  1. Las Asambleas Ordinarias serán convocadas por derecho propio cada mes y cada dos años en Asamblea Eleccionaria, para renovar o reelegir los cargos directivos.
  2. Las Asambleas Extraordinarias serán convocadas cuantas veces sea necesario, para conocer asuntos de interés de la Institución

Art. 21. Del Quórum: Constituye el quórum decisorio en toda Asamblea General, Ordinaria o Extraordinaria, la mayoría absoluta y/o la mitad más uno de la membresía con derecho a voz y voto.

    1. Si al convocar una asamblea no se da el quórum reglamentario se levanta una acta para fijar la próxima reunión.
    2. Con los miembros que asisten a dicha reunión se llevara a cabo la asamblea siendo esta buena y valida

Art. 22. Hemos designado al Dr. Cristóbal A. Alcántara para que nos represente en justicia y para firmar a nombre de la Fundación Integral Dominicana al Servicio de la Comunidad (FUNIDOSECO) toda clase de contratos.
Art. 23. De la Junta Directiva: Es el órgano de ejecución por excelencia de las decisiones tomadas en las asambleas. El Consejo Directivo está conformado por todos los miembros directivos, dentro de los cuales el Presidente es el que ejecuta todo lo que emana de las asambleas y el Consejo Directivo:

  1. Designar a la Directora Ejecutiva, que también podrá actuar como representante legal de la FUNIDOSECO, conjunto o separado con el Presidente del Consejo Directivo, cuando este organismo lo considere conveniente
  2. Velar por el fiel cumplimiento de los fines y objetivos de la FUNIDOSECO
  3. Aprobar o modificar el presupuesto anual que represente la Dirección Ejecutiva, la fijación de las actividades a realizar durante su período de mandato y preparar la memoria anual de la FUNIDOSECO

Art. 24. Normativas estatutarias para regular la igualdad de derechos entre miembros sin distinción de sexo y edad.

  1. Todos los miembros presentan o tienen los mismos derechos, no importando las edades ni el sexo de los mismos.
  2. Ningún miembro será discriminado por su edad, ni por el sexo

  Art. 25.  Del Consejo de Asesores: Para ser miembro del Consejo de Asesores se requiere:

  1. Ser una persona con integridad moral, reconocimiento social por sus aportes realizados dentro de la colectividad en cualquier área que demuestre una elevada vocación de servicio y que muestre interés en la solución de los problemas que afectan a los niños, niñas y adolescentes del país
  2. Dar consultas y asesorar en los aspectos que le solicita la FUNIDOSECO

Párrafo 1: Los miembros del Consejo de Asesores tienen derecho a voz, pero no a voto.

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Capítulo V

De la Gerencia Administrativa y de los Recursos de la FUNIDOSECO

Art. 26. Los recursos para la Fundación serán adquiridos por actividades lícitas, por aportes voluntarios de instituciones nacionales e internacionales que lo deseen y por vía de presentación de proyectos a diferentes entidades públicas y privadas, así como por posibles subsidios.
Párrafo 1: Todas las ejecutorias y/o acciones de todas las gerencias, serán coordinadas por la Directora Ejecutiva.
Art. 27. La Fundación Integral Dominicana al Servicio de la Comunidad (FUNIDOSECO) es una institución sin fines de lucro, en la cual no se tratarán  puntos políticos, en virtud de que su actuación no estará limitada por credos políticos o raciales.
Art. 28. La Directiva de la Institución se reunirá cuantas veces sea necesario para determinar todas las actividades que se llevará a cabo en la institución.
Art. 29. Firmarán los cheques de la FUNIDOSECO tres personas: La Presidenta, La Tesorera y la Directora Ejecutiva.
Art. 30. Todo el dinero que perciba la FUNIDOSECO deberá ser depositado en los bancos y los egresos deberán ser cubiertos mediante cheques y fondos de caja chica.
Art. 31. Los ingresos y gastos de la FUNIDOSECO serán registrados de acuerdo con el sistema contable y los libros; podrán ser revisados cuando lo deseen los donantes e instituciones potenciales.

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Capítulo VI

De las Funciones de Organismos y de los Miembros Directivos

Art. 32. Del Consejo Directivo: Este tendrá a su cargo la conducción de las actividades de la FUNIDOSECO, así como la supervisión de la Dirección Ejecutiva y desempeñar las demás funciones y atribuciones que fueren delegadas por la Asamblea General, en adición a las establecidas en los estatutos vigentes.
Art. 33. Atribuciones del Presidente o Presidenta:

  1. Presidir las políticas de trabajo de los diferentes departamentos que conformen la FUNIDOSECO
  2. Recibir todos los programas o planes de trabajo de los diferentes departamentos, los cuales estudiará con la asistencia de comisiones, su fuere necesario
  3. En todas las reuniones, tanto con el Consejo Directivo y la Asamblea General, el presidente llevará la dirección de todos los debates
  4. Informar a la Junta Directiva el resultado de la aplicación de los proyectos y programas aprobados, así como darle seguimiento adecuado para que no entren en una etapa decadente
  5. Organizar junto a los coordinadores de departamentos todas las reuniones que fueren necesarias
  6. Dar los pasos, junto a la Directora Ejecutiva, a los fines de lograr financiamientos para la FUNIDOSECO

Art. 34. Son Atribuciones de la Directora Ejecutiva:

  1. Coordinar todas las ejecutorias y/o acciones de todas las gerencias
  2. Dar los pasos junto a la Presidenta, a los fines de lograr financiamientos para la FUNIDOSECO

Art. 35. Son Atribuciones del Secretario General: Sustituir al Presidente en su ausencia, en caso de renuncia o muerte; además, se desempeña como Coordinador, en el sentido organizativo de todas las actividades que realice la Institución.
Art. 36. Son atribuciones de la Secretaria de la Directiva:

  1. Autorizar y ordenar los registros que exija el buen funcionamiento de la FUNIDOSECO
  2. Redactar y autorizar las actas de las asambleas generales de las sesiones de la Junta Directiva, teniendo los libros bajo su control y responsabilidad

Art. 37. Son atribuciones de la Tesorera:

  1. Controlar el libro de las cuotas de los miembros y contribuyentes
  2. Guardar y manejar los fondos de la FUNIDOSECO, así como firmar junto con la Presidenta y la Directora Ejecutiva los cheques y otros documentos financieros, contratos, etc.
  3. Elaborar reportes y análisis periódicos para la Junta Directiva, donde se rinda cuenta de los siguientes aspectos:
  1. Comportamiento Presupuestal
  2. Estado de Patrimonio
  3. Análisis de Ingresos y Egresos correspondientes a su gestión, así como velar por su cumplimiento

Art. 38. Son atribuciones del de Relacionista Público Nacional e Internacional:

  1. Dar seguimiento a las relaciones de la Fundación con los medios de comunicación, a través de los cuales dará a conocer los eventos realizados, así como los proyectos
  2. Será el canal a través del cual todos los demás órganos de la Fundación dejarán oír su voz hacia el exterior en los asuntos pertinentes a cada uno de ellos
  3. Tendrá a su cargo la coordinación de ruedas de prensa, entrevistas de los dirigentes de la Fundación, etc.
  4. Con la aprobación previa de la Presidenta, podrá emitir declaraciones informativas o aclaratorias a nombre de la Fundación, cuando las circunstancias así lo requieran
  5. Tendrá a su cargo el establecimiento de relaciones con otras instituciones nacionales e internacionales

Art. 39. Son funciones de la Coordinadora del Departamento Médico: Todo lo concerniente al mantenimiento de la  buena salud y nutrición de los niños, niñas y adolescentes bajo la protección de la Fundación, por todos los medios posibles.
Art. 40. Son funciones del Encargado del Departamento Legal y Asuntos Jurídicos del Menor: Todo lo concerniente a los asuntos legales de la Institución y a los Niños/as y Adolescentes de FUNIDOSECO.
Art. 41. Son funciones del Departamento de Psicología y Orientación: Dar seguimiento psicológico y de orientación, junto a su familia, a todos los niños, niñas y adolescentes asistidos por la FUNIDOSECO, así como mantener informada a la Junta Directiva del progreso o deterioro de la solución de cada caso en atención psicológica.
Art. 42. Son atribuciones de la Encargada del Departamento de Educación: Toda reeducación, capacitación integral y educacional de los niños, niñas y adolescentes, por todos los medios al alcance de de la FUNIDOSECO y con la colaboración de la Secretaría de Estado de Educación, la familia y la Sociedad.
Art. 43.  Son atribuciones del Encargado del Departamento Deportivo: Organizar todos los eventos deportivos y colaborar en todos los asuntos deportivos tendentes a fomentar la buena salud física y mental de los Niños, Niñas y Adolescentes bajo la protección de la FUNIDOSECO.
Art. 44. Son atribuciones del Encargado o Encargada del Departamento de Arte y Cultura: La organización de actividades culturales que contribuyan a la formación integral, social y humana de los Niños, Niñas y Adolescentes.
Art. 45. Son funciones de los vocales: Cubrir las ausencias temporales de los miembros directivos en las asambleas, reuniones y actividades.
Art. 46. La Junta Directiva dará todos los pasos necesarios para la creación de un Departamento de Padres y Amigos de la Fundación, integradas por los padres de los Niños, Niñas y Adolescentes y personas de la colectividad interesadas en apoyar el proyecto de la FUNIDOSECO.
Art. 47. La Junta Directiva se abocará a la creación del Consejo Disciplinario, que se encargará de mantener la buena disciplina de la FUNIDOSECO, así como conocer los posibles casos de indisciplina que puedan suscitarse.

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Disposiciones Generales

Art. 48. El cierre del período fiscal contable de la FUNIDOSECO está consignado para el 21 de noviembre de cada año.
Art. 49. Para lograr integrarse a la membresía o afiliarse a la FUNIDOSECO, es necesario amar a los Niños, Niñas y Adolescentes, e integrarse a los trabajos de la misma, conocer los presentes estatutos y tener una conducta moral intachable.
Art. 50. La FUNIDOSECO no podrá ser utilizada con fines políticos ni particulares, ni personales ajenos a la misma.
Art. 51. La presente Fundación podrá afiliarse, si así lo desea y determina la Asamblea General, a otras instituciones nacionales e internacionales, similares o afines a la misma.
Art. 52. Todo miembro,  directivo o no, tendrá que respetar los reglamentos internos de la FUNIDOSECO.
Art. 53. Dentro de los integrantes de la FUNIDOSECO primará un clima de armonía, respeto, solidaridad, confraternidad y consideración mutua, sin tomar en cuenta los niveles jerárquicos.
Art. 54. La Asamblea General podrá designar cuantas comisiones sean necesarias, para realizar estudios o trabajos especiales, o puramente técnicos, que requieren conocimientos especializados en materia bajo consideración de dicha Asamblea y cuyos resultados deberán llevarse a la misma.
Art. 55. Estos estatutos podrán ser modificados cuando la Asamblea lo estime conveniente, de acuerdo con las necesidades de la FUNIDOSECO. Tomando en cuenta lo establecido en el párrafo 4 de la Ley 122-05
Art. 56. Todo miembro, directivo o no, que viole uno de estos reglamentos estatutarios, se sancionará con todo el rigor que confieren dichos estatutos.
Art. 57. Sobre la Disolución y Liquidación de la FUNIDOSECO: En caso de que por alguna contingencia fortuita o de fuerza mayor o muy poderosa, hubiere que disolver la Fundación Integral Dominicana al Servicio de la Comunidad (FUNIDOSECO), una vez cubierto el pasivo en su totalidad, los bienes liquidados serán donados a una institución similar o patronato que trabaje con los Niños, Niñas y Adolescentes.
Art. 58. Las disposiciones de los presentes dejan derogadas cualquiera otra disposición que le fuere contraria.
Dada en el Municipio de Quisqueya, Provincia San Pedro de Macorís, República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de Julio del dos mil siete (2007) años 163 años de la Independencia y 144 de la Restauración.

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Mirqueya Guzmán Cornelio
Délfido A. Eusebio Ozuna
Presidenta
Secretario General
   
   
   
Xiomara Susana Pérez
Martha Lisis Rincón
Directora Ejecutiva
Encargada de Finanzas
   
   
   
Ruth Esther Peralta Familia
Miguel Antonio Natera
Secretaria de Actas y Correspondencias
Relacionador Público
   
   
   
Damaris Santana
Vocal

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